Tenemos el ideal de que en el momento de realizar la compra de un inmueble basta solo con cancelar el monto acordado entre el vendedor y quien lo adquiere, sumándole a esto los gatos hipotecarios (créditos), pero desconocemos totalmente que existen un sinfín de costos extras que no tenemos en mente y que son necesarios para adquirir o vender una propiedad legalmente.

Abad Faciolince Inmobiliaria con la finalidad de informar a los usuarios un poco sobre los gastos ocultos más frecuentes a la hora de adquirir o vender una vivienda, aborda dentro de este artículo diferentes puntos que darán a conocer los trámites necesarios para finalizar adecuadamente todo este proceso de compra-venta.

 

  1. Certificado de Tradición y Libertad

Es un documento que debe expedirse con el fin de conocer los datos jurídicos de una propiedad, como quien es su dueño actual y propietarios anteriores, indagación sobre valorización, hipotecas, embargos, especificaciones detalladas de obra y una descripción completa de todo el inmueble; este certificado puede solicitarse de forma personal en las oficinas de registro e instrumentos públicos y a su vez vía internet.

 

  1. Impuesto Predial

El propietario deberá pagar el impuesto predial anualizado es decir el año completo desde el momento en que se firme la escritura. El comprador rembolsara al vendedor lo correspondiente del impuesto predial desde la fecha en que este reciba el inmueble.

 

  1. Gastos Notariales
  • Escritura Pública: 4 x 1.000 sobre el valor escriturado del inmueble. Los asume 50% el comprador y 50% el vendedor.
  • Impuesto de Rentas Departamentales: Representa el 10,5 x 1.000 sobre el valor de la escritura. Lo asume 50% el comprador y 50% el vendedor.
  • Retención en la fuente: Constituye el 1% del valor escriturado y lo paga el vendedor siempre y cuando quien venda sea persona natural.
  • Derechos de registro: 5 x 1.000 del valor a escriturar y lo paga en su totalidad el comprador.

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  1. Gastos de Administración:

El vendedor deberá pagar las cuotas de administración de la copropiedad, es decir deberá estar a paz y salvo al mes en el que se entrega el inmueble. El comprador pagara entonces las cuotas de administración a partir de que ocupe el inmueble.

 

  1. Paz y Salvo Valorización:

Debe expedirse ante FONVALMED (Fondo de Valorización de Medellín) el paz y salvo de valorización.

Si el vendedor eligió la cancelación de la contribución por valorización en cuotas y aún tiene alguna de estas pendientes, debe informarse al comprador y estipularse en la escritura de compraventa para asegurarse de que sería este quien asuma el pago de las cuotas pendientes a través del traslado de contribución que se autoriza ante FONVALMED.

 

  1. Hipotecas o leasing:

Existen diferentes formas y alternativas a la hora de comprar un inmueble ya sea de contado, crédito hipotecario o leasing, todos estos exigen varios requisitos, se encuentra como prioridad entre estos el avalúo del valor del inmueble por parte de quien requiere el préstamo para así la entidad poder definir qué cantidad (en dinero) puede proporcionarle, normalmente su rango esta entre el 70 y 80% del valor comercial de la propiedad.

Para compra de vivienda con crédito hipotecario, se debe registrar la hipoteca, lo cual tiene un costo del 3 x 1.000 más IVA sobre el valor del crédito. Este costo se divide entre el comprador y el vendedor.

 

  1. Comisión de venta:

La Lonja de Propiedad Raíz de Medellín estipula una comisión del 3% de ser en el casco urbano y del 4% de ser en zona rural, para la inmobiliaria que realice la compra-venta (asesoría y acompañamiento) de una propiedad que en este caso puntual sería Abad Faciolince.

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